Page 128 - Manual Delegado y Delegada de Prevención II
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MANUAL ACTUALIZADO DEL DELEGADO Y LA DELEGADA DE PREVENCIÓN II
Condiciones de Seguridad: Circunstancias materiales que afectan a un proceso o al estado de
una persona o cosa y que influyen en la siniestralidad.
Aquellas condiciones materiales que pueden dar lugar a accidentes de trabajo.
Condiciones de Trabajo: Cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia
significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud del/de la trabajador/a.
Confidencial: De carácter reservado, de acceso limitado para evitar vulnerar derechos.
Confidencialidad: En la vigilancia de la salud se refiere a que cualquier dato recogido tiene el
atributo de ser íntimo y propiedad de los sujetos vigilados.
Confort Térmico: En el ambiente laboral es aquella situación en la que las personas manifiestan
un estado neutro con respecto a las condiciones térmicas del puesto de trabajo.
Conjunto de condiciones interiores de temperatura, humedad y velocidad del aire establecidas
reglamentariamente que se considera producen una sensación de bienestar adecuada y
suficiente a los/as trabajadores/as.
Consejo Europeo: Órgano de la Unión Europea formado principalmente por los Jefes de Estado
o de Gobierno de los países miembros.
Contacto eléctrico directo: Contacto con partes de materiales y equipos que habitualmente se
encuentran en tensión.
Contacto de personas con partes activas de los materiales y equipos. Se entiende como partes
activas, los conductores y piezas conductoras bajo tensión en servicio normal.
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