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MANUAL ACTUALIZADO DEL DELEGADO Y LA DELEGADA DE PREVENCIÓN II


          No obstante, siempre que puedas, y si el accidente de trabajo te ha ocurrido en horario laboral, y el
          tiempo y las circunstancias lo permiten, acude a la mutua. Será una prueba importante para poder
          rebatir a la mutua el que pueda decirnos que no ha sido un accidente de trabajo, sino que es ajeno
          al trabajo.

          Si necesitas más información sobre que se considera accidente laboral, pincha aquí
          http://www.empleo.gob.es/es/Guia/leyes/D220656.htm
          Si no estás conforme con el diagnóstico que te han dado, por no considerarlo accidente de trabajo,
          EXÍGELES  una hoja  de reclamaciones  que la propia Mutua  tiene  que tener y debe facilitarnos.
          También podemos reclamar a través de Oficina virtual de Reclamaciones, en el siguiente enlace
          https://www.ovrmatepss.es/virtual Nuestra queja llegará a la Dirección General de Ordenación de
          la Seguridad, dejando el paso de denuncia necesario para posteriores reclamaciones si la hubiera.
          En el momento de abandonar la Mutua debes de llevarte SIEMPRE UNA COPIA DEL INFORME
          MÉDICO.
          SI NO TE DAN LA BAJA Y NO PUEDES TRABAJAR, ve al médico de cabecera y solicítale la baja;
          conviene llevarle la documentación de la Mutua para que haga la reclamación de contingencia
          común a profesional.

          ¿Qué hacemos si la  mutua nos niega la baja y  nos  envía al médico de cabecera de la
          seguridad social?

          1.  Solicitar y rellenar una hoja de reclamaciones en la Mutua. O bien a través de la dirección de la
            Oficina Virtual de Reclamaciones.



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