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MANUAL ACTUALIZADO DEL DELEGADO Y LA DELEGADA DE PREVENCIÓN II
2. Conocer cuántos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean
necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad
del servicio de prevención, en su caso.
3. Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de los/as
trabajadores/as, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas oportunas.
4. Conocer e informar la memoria y programación anual de servicios de prevención.
En los supuestos de desarrollo simultáneo de actividades en un mismo centro de trabajo por
varias empresas, se podrá acordar la realización de reuniones conjuntas de los Comités de
Seguridad y Salud o, en su defecto, de los Delegados y Delegadas de Prevención y
empresarios o empresarias de las empresas que carezcan de dichos Comités, u otras medidas
de actuación coordinada.
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