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MANUAL ACTUALIZADO DEL DELEGADO Y LA DELEGADA DE PREVENCIÓN II
Expedir a favor de los Delegados y Delegadas de Prevención u órganos específicos
inscritos que los sustituyan tarjetas identificativas de su condición.
Facilitar información sobre los datos registrales a la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social, a la Consejería competente en materia de salud, a aquellos otros que resulten
competentes en la materia, y a las organizaciones empresariales y sindicales.
Dar publicidad de los datos registrales.
Si ya está inscrito, ¿es necesario inscribirse de nuevo?
Sí. Las inscripciones realizadas con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 26/2010, de 9
de Febrero, en los Registros Provinciales de Delegados de Prevención y órganos específicos que
los sustituyan creados por la Orden de la Consejería de Trabajo e Industria de 8 de Marzo de 1999,
deben adaptarse al contenido de los Registros provinciales regulados en este Decreto. Para ello
deberá cumplimentarse nueva solicitud de inscripción conforme al modelo que figura en el
Anexo I de esta disposición.
¿Cómo puedo inscribirme?
Las personas legitimadas, pueden presentar las solicitudes de inscripción, tanto de forma
telemática, como presencial (en soporte papel). La tramitación telemática de las solicitudes de
inscripción, se realizará a través del acceso al Registro de Delegados en la página Web de la
Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. Igualmente se podrán presentar tanto de
forma telemática como presencial (en soporte papel), las solicitudes de variaciones de la
designación, variación de datos registrales y solicitud de certificación registral.
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