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MANUAL ACTUALIZADO DEL DELEGADO Y LA DELEGADA DE PREVENCIÓN II
participación de los trabajadores y las trabajadoras con funciones específicas en materia de
prevención de riesgos laborales en Andalucía.
En particular, regula las siguientes materias:
a. Los Registros provinciales de Delegados y Delegadas de Prevención, órganos específicos que,
en su caso, los sustituyan y Comités de Seguridad y Salud y sus miembros electos.
b. La creación de una acreditación oficial consistente en una tarjeta identificativa para los
Delegados y las Delegadas de Prevención u órganos específicos que, en su caso u órganos
específicos que, en su caso, los sustituyan.
c. El contenido, de carácter orientativo, del programa de formación especializada en prevención
de riesgos laborales para los Delegados y las Delegadas de Prevención, miembros de los
órganos específicos que los sustituyan, y componentes de los Comités de Seguridad y salud.
A continuación incluimos la respuesta a una serie de preguntas sobre los Registros, con la
finalidad de ampliar la información de delegados y delegadas sobre este aspecto, no obstante, en
caso de duda ante el proceso de registro, recomendamos consultar con el Departamento de
Asistencia Técnica para la Prevención de Riesgos Laborales de UGT Andalucía, desde donde se
aclararán las dudas al delegado o delegada de prevención.
¿Qué son?
Son registros de naturaleza administrativa y carácter público, están adscritos a las Delegaciones
Territoriales de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía
competente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y tienen como fin facilitar al público
conocimiento de los órganos inscritos.
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