Page 17 - Manual Delegado y Delegada de Prevención II
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MANUAL ACTUALIZADO DEL DELEGADO Y LA DELEGADA DE PREVENCIÓN II
           Libertad de expresión (Art.68 d E.T.).

           Se les garantiza en este artículo que en su labor de representación de los trabajadores, como
           Delegados y Delegadas de Prevención, puedan dar sus opiniones, transmitirlas públicamente y
           todo ello sin trastocar el trabajo de sus compañeros.
           Crédito de Horas (Art. 68 e E.T.)

           Como garantía también cuentan con créditos de horas, con las cuales pueden desarrollar sus
           funciones de vigilancia. Estas se computan mensualmente y además de ser retribuidas son
           consideradas como de trabajo efectivo.
           El crédito  horario con  el que cuentan va  en función  al siguiente número de trabajadores y
           trabajadoras de un centro de trabajo:

                          Nº Trabajadores                          Nº Horas
              Hasta 100 trabajadores y/o trabajadoras                15
              De 101 a 250 trabajadores y/o trabajadoras             20

              De 251 a 500 trabajadores y/o trabajadoras             30
              De 501 a 750 trabajadores y/o trabajadoras             35

              De 751 en adelante                                     44
           Por convenio colectivo se puede disponer acumular las horas de los miembros del comité de
           empresa y de  los delegados  de personal en uno o varios, siempre  que  no se supere  el tope
           máximo. En este caso, el Delegado y la Delegada de Prevención permanecen apartado de sus
           funciones laborales pero mantiene su derecho a remuneración.


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