Page 183 - Manual Delegado y Delegada de Prevención II
P. 183
MANUAL ACTUALIZADO DEL DELEGADO Y LA DELEGADA DE PREVENCIÓN II
a) Promover, con carácter general, la prevención en la empresa y su integración en la
misma.
b) Realizar evaluaciones de riesgos, salvo las específicamente reservadas al nivel superior.
c) Proponer medidas para el control y reducción de los riesgos o plantear la necesidad de
recurrir al nivel superior, a la vista de los resultados de la evaluación.
d) Realizar actividades de información y formación básica de trabajadores.
e) Vigilar el cumplimiento del programa de control y reducción de riesgos y efectuar
personalmente las actividades de control de las condiciones de trabajo que tenga
asignadas.
f) Participar en la planificación de la actividad preventiva y dirigir las actuaciones a
desarrollar en casos de emergencia y primeros auxilios.
g) Colaborar con los servicios de prevención, en su caso.
h) Cualquier otra función asignada como auxiliar, complementaria o de colaboración del
nivel superior.
2. Para desempeñar las funciones referidas en el apartado anterior, será preciso poseer una
formación mínima con el contenido especificado en el programa a que se refiere el anexo V y
cuyo desarrollo tendrá una duración no inferior a 300 horas y una distribución horaria adecuada a
cada proyecto formativo, respetando la establecida en el anexo citado.
Artículo 37. Funciones de nivel superior
1. Las funciones correspondientes al nivel superior son las siguientes:
183